Las presentes Condiciones Generales de Garantía regulan los alcances, exclusiones y limitaciones de la garantía aplicable a los palos de hockey sobre césped comercializados bajo la marca BULLY y resultan de aplicación obligatoria para todo comprador, usuario o tenedor del producto (en adelante, “el Usuario”).
La adquisición y/o uso del palo implica la aceptación plena e incondicionada de las presentes condiciones.
1. ALCANCE DE LA GARANTÍA
La presente garantía se otorga conforme lo establecido por la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normativa aplicable.
La garantía cubre exclusivamente defectos de fabricación y/o vicios ocultos imputables al proceso productivo del palo, siempre que:
a) El producto haya sido utilizado conforme a su destino natural.
b) El uso se haya efectuado en condiciones normales y habituales para la práctica del hockey sobre césped.
c) No se verifiquen las causales de exclusión detalladas en el presente documento.
La garantía legal es obligatoria, irrenunciable y no puede ser limitada en perjuicio del consumidor respecto de defectos de fabricación.
La garantía no constituye un seguro contra roturas, fisuras, desgaste o fallas derivadas del uso normal, intensivo o inadecuado del producto.
2. USO DEL PRODUCTO
El palo de hockey se encuentra diseñado exclusivamente para la práctica del hockey sobre césped en contextos deportivos reglamentarios o recreativos.
Queda expresamente excluida de la garantía cualquier falla, rotura o deterioro derivado de:
Uso distinto al deportivo (palanca, apoyo corporal, golpe contra objetos rígidos, etc.).
Uso negligente, abusivo o antirreglamentario.
Manipulación indebida, modificación estructural o alteración del diseño original.
3. SUPERFICIE DE JUEGO
El Usuario reconoce que el tipo de superficie sobre la cual se desarrolla la actividad influye de manera directa en el desgaste y la vida útil del palo.
En consecuencia, la garantía no cubre daños, fisuras, roturas o desgaste ocasionados por el uso del palo en:
Superficies no aptas para hockey sobre césped.
Pisos duros o abrasivos (cemento, asfalto, baldosas, hormigón, superficies sintéticas no deportivas, etc.).
Canchas en mal estado, con irregularidades, elementos cortantes o abrasivos.
4. DESGASTE NORMAL DEL PRODUCTO
El Usuario reconoce y acepta que el palo de hockey es un elemento sometido a desgaste progresivo como consecuencia natural de su uso y que por ejemplo el uso bajo un césped sintético con arena u otros elementos abrasivos provoca un anormal y avanzado desgaste.-.
En particular, se considera desgaste normal y no cubierto por garantía:
El desgaste en la parte inferior de apoyo (toe, borde inferior y cara de golpe).
Marcas, rayaduras, pérdida de pintura o terminación superficial.
Abrasión del material por contacto reiterado con la superficie de juego y la bocha.
Dicho desgaste no constituye defecto de fabricación ni da derecho a reclamo alguno.
5. FUERZA DESARROLLADA POR EL JUGADOR
El Usuario reconoce que la fuerza aplicada durante el juego depende de múltiples factores, entre ellos:
Edad, contextura física y técnica del jugador.
Intensidad del entrenamiento o competencia.
Tipo de golpe ejecutado (slap, flick, drag flick, etc.).
La garantía no cubre roturas, fisuras o fallas estructurales provocadas por impactos excesivos, esfuerzos extraordinarios o golpes antinaturales, aun cuando se produzcan durante la práctica deportiva.
6. GOLPES, IMPACTOS Y COLISIONES
Quedan expresamente excluidos de la garantía los daños ocasionados por:
Golpes contra otros palos, arcos, tablas, postes u objetos externos.
Impactos anormales contra el suelo.
Caídas del producto.
Choques entre jugadores.
7. MODIFICACIONES Y REPARACIONES
La garantía quedará automáticamente anulada si el producto:
Es reparado por terceros no autorizados.
Presenta modificaciones, agregados o alteraciones respecto de su estado original.
Ha sido sometido a procesos de calor, presión, cortes, uso de pegamentos o métodos no recomendados por el fabricante.
8. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de la garantía legal será el previsto por el artículo 11 de la Ley de Defensa del Consumidor, contado desde la fecha de entrega del producto al consumidor.
Durante dicho plazo, el Vendedor asume la obligación de responder por los defectos de fabricación debidamente acreditados.
El Vendedor se reserva el derecho de inspeccionar el producto a fin de determinar, de manera fundada, el origen del defecto invocado, sin que ello implique restricción alguna a los derechos del consumidor.
No podrá el usuario arreglarlo por su cuenta ni enviarlo a terceros no autorizados por BULLY
9. MODALIDAD DE RESPUESTA
Verificado un defecto cubierto por la garantía, el Vendedor podrá, a su exclusivo criterio:
Reparar el producto en el lugar dañado sin derecho a pedir el repintado ni parcial ni total.
Sustituirlo por otro de iguales o similares características.
Otorgar una nota de crédito.
En ningún caso procederá el reintegro de sumas abonadas por desgaste, rotura o daño no cubierto.
10. DISPOSICIONES FINALES
Las presentes condiciones se interpretarán siempre de conformidad con la Ley de Defensa del Consumidor, prevaleciendo dicha normativa ante cualquier duda o conflicto interpretativo.
Ninguna de las exclusiones aquí previstas será aplicable cuando el daño o defecto sea consecuencia directa de un vicio de fabricación.
Para cualquier controversia derivada de la interpretación o aplicación de estas condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios del domicilio del consumidor, conforme lo establece la normativa vigente.